Requisitos y recomendaciones de seguridad para la licitación de parques de acuáticos municipales

Parques acuáticos municipales

En nuestro último post, Recomendaciones operativas y de seguridad para la conceptualización y planificación de parques de agua municipales, iniciamos la serie de artículos técnicos que tienen el objetivo de compartir las principales recomendaciones y pautas a la hora de conceptualizar, planificar, desarrollar -técnica y administrativamente-, y ejecutar proyectos municipales de ocio acuático, tanto en jardines y plazas urbanas, como en piscinas públicas de verano.

Una vez ya analizadas, en la entrada anterior, todas las acciones a realizar en la fase previa de planificación de todo nuevo proyecto de esta índole por parte de un consistorio, viene el siguiente paso: que los técnicos del ayuntamiento o los profesionales externos contratados para ello -como sería nuestro caso en los que hemos colaborado como ingeniería especializada-, materialicen la ejecución del proyecto mediante la redacción de una memoria técnica y unos pliegos técnicos y administrativos.

En este punto, siempre desde un prisma de la seguridad y el éxito del nuevo proyecto, exponemos a continuación los principales aspectos que deben ser incorporados en toda licitación de este tipo de espacios de ocio acuático, así como aquellos puntos que aconsejamos también incluir como requisito a cumplir por los licitadores en el pliego si se quiere dotar al proyecto de un plus de seguridad, pese a que su inclusión no sea obligatoria por normativas aplicables.

Parques acuáticos municipales

Aspectos que deben ser incluidos en toda licitación de áreas de ocio acuático municipales según normativa aplicable

  • Mención y exigencia de cumplimiento al licitador de las correctas normativas de seguridad nacionales aplicables (genéricas de cualquier obra, instalaciones públicas y/o piscinas).
  • Mención y exigencia de cumplimiento al licitador de las correctas normativas de seguridad autonómicas aplicables (genéricas de cualquier obra, instalaciones públicas y/o piscinas).
  • Inclusión en el apartado de mediciones la inspección, siempre previo a la apertura, de las áreas de ocio acuático por parte de una entidad acreditada ENAC (o cualquier otra entidad oficial acreditadora), según la norma específica aplicable.
  • Cumplimiento normativo específico en lo referido a certificación de los productos y equipamientos acuáticos por parte del licitador, como requisito indispensable para que las propuestas sean valoradas y aceptadas, mediante la presentación de los certificados de producto correspondientes.
  • Exigencia de realización de una jornada de formación tras el fin de los trabajos de construcción del área lúdica, por parte del licitador al equipo de servicios técnicos municipales responsable del mantenimiento de la instalación.
  • Exigencia de una garantía mínima de XX años en función del área de juego y la tipología de equipamiento asociado licitado.

Aspectos que aconsejamos incluir en toda licitación de áreas de ocio acuático municipales

  • Incluir en el pliego una certificación de resbaladicidad por parte del licitador de las superficies húmedas, tanto áreas de juego como superficies complementarias.
  • Relativo al sistema de puntuación. En este tipo de proyectos de complejidad técnica y donde está en juego la seguridad del usuario infantil, recomendamos encarecidamente que la puntuación no se centre en la práctica totalidad en criterios económicos, ya que hay un riesgo alto de reducción de calidad de la ejecución del proyecto solamente para reducir la oferta de licitación. Igualmente, si se necesitan otorgar un mínimo de puntos a criterios objetivos, explorar otros factores como la oferta de jornadas de mantenimiento o ampliación de años de garantía, entre otros.
  • Del mismo modo, al respecto de la puntuación, sugerimos incorporar criterios subjetivos que valoren la seguridad, la solvencia técnica del licitador y la calidad de la memoria presentada.
  • En este sentido, en caso de no querer otorgar puntos a criterios subjetivos, al menos, sí recomendamos establecer unos criterios mínimos de solvencia técnica para los posibles licitadores (por ejemplo, fijar un número mínimo de proyectos similares anteriormente realizados para que su propuesta sea valorada o presentar la acreditación ISO de su sistema de gestión de la calidad).
  • Solicitar una descripción en detalle del sistema de tratamiento del agua presentado por el licitador, para poder valorar la calidad, seguridad y eficiencia de esta según la memoria que planteen.

Y, cómo no, antes de la publicación de la licitación, nunca está de más pedir asesoramiento externo a compañías realmente expertas en seguridad e ingeniería de áreas de ocio acuático, para garantizar que todos los puntos redactados por el técnico municipal correspondiente se adecuan a las normativas aplicables de seguridad.

Igualmente, si estás buscando un colaborador especializado porque estás pensando en desarrollar un proyecto municipal de ocio acuático y necesitas ayuda para la redacción de la memoria y de los pliegos técnicos, no dudes en contar con nosotros. En The Fun Lab estaremos encantados de atenderte y ayudarte sea cual sea tu necesidad sobre un proyecto de ocio acuático.

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